Acuerdo Nº 622 - NSR 67.00.62:99 para las frambuesas congeladas rápidamente. País/Territorio El Salvador Tipo de documento Reglamento Fecha 2000 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 193, 16 de octubre de 2000, págs. 46-49. Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Frutas/nueces comestibles Procesamiento/manipulación Aditivos alimentarios Envasado/etiquetado Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen El presente Acuerdo aprueba la Norma Salvadoreña Recomendada para las frambuesas congeladas rápidamente. Esta Norma se aplicará a las frambuesas congeladas rápidamente de la especie Rubus idaeus L. (variedades roja, amarilla o negra), destinadas al consumo directo sin una ulterior elaboración, salvo un nuevo envasado, si fuese necesario. No se aplica al producto cuando se indique que se destina a una ulterior elaboración, o para otros fines industriales. Texto completo Español