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Acuerdo Nº 599 - NSR 67.00.29:99 para sebo comestible.

País/Territorio
El Salvador
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2000
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Diario Oficial Nº 193, 16 de octubre de 2000, págs. 11-13.
Materia
Alimentación y nutrición
Palabra clave
Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Bovinos Ovinos/caprinos Aceites/semillas oleaginosas/grasas Procesamiento/manipulación Aditivos alimentarios Envasado/etiquetado
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste
Resumen

El presente Acuerdo aprueba la Norma Salvadoreña Recomendada para sebo comestible. Se entiende por sebo comestible (sinónimo: Dripping) el producto obtenido por la fusión de tejidos grasos, limpios y sanos (incluyendo las grasas de recortes) y de músculos y huesos conexos, de animales bovinos (Bos taurus) y/o corderos (Ovis aries) en buenas condiciones sanitarias en el momento de su sacrificio y aptos para el consumo humano en la forma establecida por la autoridad competente reconocida por la legislación nacional.

Texto completo
Español