Acuerdo Nº 599 - NSR 67.00.29:99 para sebo comestible. País/Territorio El Salvador Tipo de documento Reglamento Fecha 2000 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 193, 16 de octubre de 2000, págs. 11-13. Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Bovinos Ovinos/caprinos Aceites/semillas oleaginosas/grasas Procesamiento/manipulación Aditivos alimentarios Envasado/etiquetado Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen El presente Acuerdo aprueba la Norma Salvadoreña Recomendada para sebo comestible. Se entiende por sebo comestible (sinónimo: Dripping) el producto obtenido por la fusión de tejidos grasos, limpios y sanos (incluyendo las grasas de recortes) y de músculos y huesos conexos, de animales bovinos (Bos taurus) y/o corderos (Ovis aries) en buenas condiciones sanitarias en el momento de su sacrificio y aptos para el consumo humano en la forma establecida por la autoridad competente reconocida por la legislación nacional. Texto completo Español