Acuerdo Nº 491 - NSR 67.00.132:99 para el gari. País/Territorio El Salvador Tipo de documento Reglamento Fecha 2000 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 160, 29 de agosto de 2000, págs. 17-22. Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Verduras/legumbres Envasado/etiquetado Procesamiento/manipulación Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen El presente Acuerdo aprueba la Norma Salvadoreña Recomendada para el gari. La presente Norma se aplica al gari destinado al consumo humano directo, obtenido del procesamiento de tubérculos de yuca (Manihot esculenta crantz). El gari es el producto terminado que se obtiene mediante la preparación artesiana o industrial de los tubérculos de yuca. El proceso consiste en pelar, lavar y rallar los tubérculos, seguido de la fermentación, prensado, fragmentación, granulado, secado si es necesario, cernido y tratamiento térmico apropiado. El gari se presenta en forma de harina con gránulos de tamaño variable. Texto completo Español