Acuerdo Nº 490 - NSR 67.00.165:99 sobre el nopal. País/Territorio El Salvador Tipo de documento Reglamento Fecha 2000 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 150, 15 de agosto de 2000, págs. 22-25. Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Frutas/nueces comestibles Envasado/etiquetado Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen El presente Acuerdo aprueba la Norma Salvadoreña Recomendada sobre el nopal. Esta norma se aplica al tallo modificado de las variedades comerciales de los Nopales obtenidos de Opuntia ficus indica, O. tomentosa, O hyptiacantha, O. robusta, O. inermis, O. ondulata, de la familia de las Cactáceas, que habrán de suministrarse frescos al consumidor, después de su acondicionamiento y envasado. Se excluyen los nopales destinados a elaboración industrial. Texto completo Español