Acuerdo Nº 482 - NSR 67.00.103:99 sobre zumo concentrado de grosella negra conservado por medios físicos exclusivamente. País/Territorio El Salvador Tipo de documento Reglamento Fecha 2000 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 163, 1º de septiembre de 2000, págs. 10-12. Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Frutas/nueces comestibles Bebidas Procesamiento/manipulación Aditivos alimentarios Envasado/etiquetado Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen El presente Acuerdo aprueba la Norma Salvadoreña Recomendada sobre el zumo (jugo) concentrado de grosella negra conservado por medios físicos exclusivamente, obtenido mediante el procedimiento de concentración que consiste en la separación física del agua hasta que el contenido de sólidos solubles de grosella negra no sea menor del 22 por ciento, sin corregir la acidez, y expresado en °Brix en las Escalas Internacionales de Sacarosa. Puede comprender la adición de zumo o concentrado o agua adecuados para conservar los factores esenciales de composición y calidad del concentrado, y de componentes volátiles naturales de grosella negra cuando éstos hayan sido extraídos anteriormente. Texto completo Español