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Acuerdo Nº 482 - NSR 67.00.103:99 sobre zumo concentrado de grosella negra conservado por medios físicos exclusivamente.

País/Territorio
El Salvador
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2000
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Diario Oficial Nº 163, 1º de septiembre de 2000, págs. 10-12.
Materia
Alimentación y nutrición
Palabra clave
Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Frutas/nueces comestibles Bebidas Procesamiento/manipulación Aditivos alimentarios Envasado/etiquetado
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste
Resumen

El presente Acuerdo aprueba la Norma Salvadoreña Recomendada sobre el zumo (jugo) concentrado de grosella negra conservado por medios físicos exclusivamente, obtenido mediante el procedimiento de concentración que consiste en la separación física del agua hasta que el contenido de sólidos solubles de grosella negra no sea menor del 22 por ciento, sin corregir la acidez, y expresado en °Brix en las Escalas Internacionales de Sacarosa. Puede comprender la adición de zumo o concentrado o agua adecuados para conservar los factores esenciales de composición y calidad del concentrado, y de componentes volátiles naturales de grosella negra cuando éstos hayan sido extraídos anteriormente.

Texto completo
Español