Acuerdo Nº 48-2017-MDT ─ Reglamento de aprobación y registro de las organizaciones artesanales. País/Territorio Ecuador Tipo de documento Reglamento Fecha 2017 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Registro Oficial Nº 10, 8 de junio de 2017. Materia Agricultura y desarrollo rural Palabra clave Cooperativa/organización de productores Conocimientos tradicionales/ conocimiento indígena Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Registro Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Acuerdo aprueba el Reglamento de aprobación y registro de las organizaciones artesanales, que tiene por objeto determinar los requisitos y procedimientos para la aprobación y registro de las organizaciones artesanales simples y compuestas. Las organizaciones simples son aquellas constituidas por personas naturales cuyo número de integrantes no sea inferior a quince personas y que su ámbito no exceda del territorio de la provincia en la que desarrollan sus actividades, y que se clasifican en Gremios (organizaciones artesanales conformadas por maestros de taller de una misma rama de trabajo artesanal) o Asociaciones interprofesionales (organizaciones artesanales conformadas por maestros de taller y operarios que representen al menos seis ramas de trabajo artesanal distintas). Texto completo Español Página web www.registroficial.gob.ec Referencias - Legislación Implementa Decreto Nº 1.061 - Reglamento General de la Ley de Defensa del Artesano. Texto refundido. Legislación | Ecuador | 1954 (2004) Palabra clave: Institución, Cooperativa/organización de productores, Conocimientos tradicionales/ conocimiento indígena, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos, Registro Fuente: FAO, FAOLEX