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Acuerdo Nº 432 - NSR 67.00.74:99 sobre el zumo (jugo) concentrado de uva conservado por medios físicos exclusivamente.

País/Territorio
El Salvador
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2000
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Diario Oficial Nº 138, 24 de julio de 2000, págs. 36-38.
Materia
Alimentación y nutrición
Palabra clave
Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Frutas/nueces comestibles Bebidas Procesamiento/manipulación Envasado/etiquetado Viticultura/prácticas enológicas
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste
Resumen

El presente Acuerdo aprueba la Norma Salvadoreña Recomendada sobre el zumo (jugo) concentrado de uva conservado por medios físicos exclusivamente. Se entiende por zumo (jugo) concentrado de uva, el zumo sin fermentar, pero fermentable después de su reconstitución, conservado por medios físicos exclusivamente. El producto podrá ser turbio o claro, pero deberá estar prácticamente exento de cristales de sales de ácido tartárico. El zumo concentrado de uva podrá ser clarificado y tener corregida la acidez.

Texto completo
Español