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Acuerdo Nº 42 - Instructivo para la aplicación de la responsabilidad extendida en la gestión integral de aceites lubricantes usados y envases vacíos.

País/Territorio
Ecuador
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2019
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Registro Oficial Nº 498, 30 de mayo de 2019.
Materia
Desechos y sustancias peligrosas
Palabra clave
Control de la contaminación Hidrocarburos Reciclado/reutilización Gestión de desechos Residuos no domésticos Contaminación del suelo/calidad Contaminación oleosa Envasado/etiquetado Comercio interior Comercio internacional Transporte/depósito Recopilación de datos/informes Registro Negocios/industria/corporaciones
Área geográphica
Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

El presente Acuerdo tiene como objeto establecer los requisitos y lineamientos ambientales para la implementación del principio de Responsabilidad Extendida del Productor, aplicado al aceite lubricante. Esto abarca la gestión ambientalmente adecuada, cuando el aceite lubricante se ha convertido en residuo o desecho peligroso, incluyendo los envases vacíos de los mismos. Quedan exceptuados de la aplicación del presente instructivo los aceites dieléctricos los cuales se gestionarán en base a su norma específica. En el marco de la Responsabilidad Extendida del Productor, se define como productor a toda persona natural, jurídica, pública, privada, mixta, nacional o extranjera, responsable de la importación o primera puesta en el mercado nacional de productos sujetos a responsabilidad extendida del productor, por cualquier medio incluida la venta nacional por métodos electrónicos o a distancia. Incluye al fabricante, ensamblador, importador, titular de registro, formulador, o envasador o demás figuras similares que importen o pongan en el mercado nacional productos sujetos al principio de responsabilidad extendida.

Texto completo
Español
Página web
www.derechoecuador.com

Referencias - Legislación

Implementa

Acuerdo Nº 26 - Registro de generadores de desechos peligrosos, gestión de desechos peligrosos previo al licenciamiento ambiental y para el transporte de materiales peligrosos.

Legislación | Ecuador | 2008

Palabra clave: Control de la contaminación, Gestión de desechos, Residuos peligrosos, Eliminación de desechos, Residuos no domésticos, Desechos orgánicos, Transporte/depósito, Auditoría ambiental, Autorización/permiso, Reciclado/reutilización, Registro

Fuente: FAO, FAOLEX