Acuerdo Nº 407 - Define la embarcación pesquera Palangrera nodriza. País/Territorio Ecuador Tipo de documento Reglamento Fecha 2011 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Registro Oficial Nº 644, 22 de febrero de 2012. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Embarcación de pesca Normas Equipos Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Acuerdo define como embarcación pesquera Palangrera nodriza (balandras y barcos), a la unidad de pesca que remolca hasta diez embarcaciones artesanales palangreras (fibra de vidrio) a zonas de pesca lejanas, y que su propósito es pescar, abastecer de agua, combustible, víveres, carnada y otros insumos de pesca y a su vez almacenar la pesca capturada de las embarcaciones pesqueras artesanales en sus bodegas. Texto completo Español