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Acuerdo Nº 407 - Define la embarcación pesquera Palangrera nodriza.

País/Territorio
Ecuador
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2011
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Registro Oficial Nº 644, 22 de febrero de 2012.
Materia
Pesca
Palabra clave
Pesca marítima Embarcación de pesca Normas Equipos
Área geográphica
Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

La presente Acuerdo define como embarcación pesquera Palangrera nodriza (balandras y barcos), a la unidad de pesca que remolca hasta diez embarcaciones artesanales palangreras (fibra de vidrio) a zonas de pesca lejanas, y que su propósito es pescar, abastecer de agua, combustible, víveres, carnada y otros insumos de pesca y a su vez almacenar la pesca capturada de las embarcaciones pesqueras artesanales en sus bodegas.

Texto completo
Español