Acuerdo Nº 388 - NSR 67.00.15:99 sobre la compota de manzanas en conserva. País/Territorio El Salvador Tipo de documento Reglamento Fecha 2000 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 137, 21 de julio de 2000, págs. 20-23. Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Frutas/nueces comestibles Procesamiento/manipulación Envasado/etiquetado Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen El presente Acuerdo aprueba la Norma Salvadoreña Recomendada sobre la compota de manzanas en conserva. Se entiende por compota de manzanas en conserva el producto desmenuzado o picado: a) preparado con manzanas lavadas y limpias, que se ajusten a las características del fruto Malus domesticus Borkhausen, que pueden haberse pelado y que después del corte están sanas; b) envasado con o sin la adición de agua en la cantidad necesaria para conseguir una consistencia adecuada, edulcorantes nutritivos adecuados e ingredientes sazonadores apropiados para el producto; y c) tratado con calor, en una forma apropiada, antes o después de ser encerrado herméticamente en un recipiente para impedir su alteración. Texto completo Español