Acuerdo Nº 363 - NSR 67.00.21:99 sobre el aceite de girasol comestible. País/Territorio El Salvador Tipo de documento Reglamento Fecha 2000 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 120, 28 de junio de 2000, págs. 3-5. Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Aceites/semillas oleaginosas/grasas Aditivos alimentarios Envasado/etiquetado Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen La presente Norma Salvadoreña Recomendada para el aceite de girasol comestible NSR 67.00.21:99, se aplicará al aceite de semilla de girasol comestible, pero no así al aceite de semilla de girasol que deba ser sometido a ulterior elaboración para que resulte adecuado para el consumo humano. El aceite de semilla de girasol (sinónimo: Aceite de girasol) procede de las semillas de girasol (semillas de Helianthus annuus L.). Texto completo Español