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Acuerdo Nº 363 - NSR 67.00.21:99 sobre el aceite de girasol comestible.

País/Territorio
El Salvador
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2000
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Diario Oficial Nº 120, 28 de junio de 2000, págs. 3-5.
Materia
Alimentación y nutrición
Palabra clave
Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Aceites/semillas oleaginosas/grasas Aditivos alimentarios Envasado/etiquetado
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste
Resumen

La presente Norma Salvadoreña Recomendada para el aceite de girasol comestible NSR 67.00.21:99, se aplicará al aceite de semilla de girasol comestible, pero no así al aceite de semilla de girasol que deba ser sometido a ulterior elaboración para que resulte adecuado para el consumo humano. El aceite de semilla de girasol (sinónimo: Aceite de girasol) procede de las semillas de girasol (semillas de Helianthus annuus L.).

Texto completo
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