Acuerdo Nº 28 - Estándares ambientales para el ingreso de embarcaciones a la Reserva Marina de Galápagos. País/Territorio Ecuador Tipo de documento Reglamento Fecha 2019 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Registro Oficial Nº 516, 25 de junio de 2019. Materia Medio ambiente gen., Mar Palabra clave Contaminación marina Monitoreo Transporte/depósito Zona protegida Normas sobre calidad ambiental Auditoría ambiental Efluente de aguas residuales/vertido Conservación del ecosistema Eliminación de desechos Residuos no domésticos Residuos sólidos Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Normas Protección del medio ambiente Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución establece los estándares ambientales que todas las embarcaciones que no cuenten con el permiso ambiental para el ejercicio de su actividad en la Reserva Marina de Galápagos (RMG), y que deben cumplir previo a su ingreso a la RMG. Las embarcaciones que operan en la RMG y que cuentan con su permiso ambiental emitido por la Autoridad Ambiental Nacional Competente, se someterán a los estándares ambientales dispuestos en sus respectivos Planes de Manejo Ambiental aprobados. Para su ingreso a la RMG, todas las embarcaciones deberán realizar una inspección de verificación de cumplimiento de estándares ambientales. Texto completo Español Página web www.derechoecuador.com Referencias - Legislación Revoca Resolución Nº 50 - Estándares ambientales para la operación de embarcaciones en la Reserva Marina de Galápagos. Legislación | Ecuador | 2013 Palabra clave: Contaminación marina, Monitoreo, Transporte/depósito, Zona protegida, Normas sobre calidad ambiental, Auditoría ambiental, Efluente de aguas residuales/vertido, Conservación del ecosistema, Eliminación de desechos, Residuos no domésticos, Residuos sólidos, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos, Normas, Protección del medio ambiente Fuente: FAO, FAOLEX