Acuerdo Nº 246 - Prohíbe a los barcos atuneros cerqueros con observador a bordo la pesca de atún aleta amarilla. País/Territorio Ecuador Tipo de documento Reglamento Fecha 2000 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Registro Oficial Nº 232, 27 de diciembre de 2000, págs. 2 y 3. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Peces marinos Manejo y conservación pesquera Temporadas Capturas incidentales Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Acuerdo, considerando que la 66ª reunión ordinaria de la Comisión Inter-Americana del Atún Tropical (CIAT) como medida de conservación y ordenación estableció una veda para el atún aleta amarilla en el área del acuerdo, prohibe a los barcos atuneros cerqueros con observador a bordo la pesca del recurso desde el 1º al 31 de diciembre de 2000. Texto completo Español