Acuerdo Nº 241 - Requisitos sanitarios mínimos que deben cumplir las industrias pesqueras y acuícolas. País/Territorio Ecuador Tipo de documento Reglamento Fecha 2010 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Registro Oficial Nº 228, 5 de julio de 2010. Materia Alimentación y nutrición, Pesca Palabra clave Acuicultura Productos pesqueros Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Higiene/procedimientos sanitarios Envasado/etiquetado Rastreabilidad/rastreo de productos Certificación Entidad no gubernamental Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Autorización/permiso Soberanía alimentaria Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Acuerdo establece los requisitos sanitarios mínimos que deben cumplir las industrias pesqueras y acuícolas: 1) requisitos de construcción y materiales de construcción; 2) exigencias sanitarias e higiénicas en la industria acuícola y de la industria pesquera; 3) Análisis de peligros y puntos críticos de control (HACCP); 4) revisión del HACCP; y 5) exigencias específicas para enlatados. Texto completo Español Página web www.tribunalconstitucional.gov.ec