Acuerdo Nº 2/16 - Normas y procedimientos para la aplicación de exoneraciones a los sectores productivos. País/Territorio Nicaragua Tipo de documento Reglamento Fecha 2016 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original La Gaceta Nº 106, 8 de junio de 2016. Materia Agricultura y desarrollo rural, Pesca Palabra clave Tasa/impuesto Productos agrícolas Equipos Comercio interior Comercio internacional Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Subvención/incentivo Negocios/industria/corporaciones Entidad no gubernamental Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen El presente Acuerdo aprueba las normas y procedimientos para la aplicación de exoneraciones de impuestos en las compras locales e importaciones a los sectores productivos, en aplicación de la Ley Nº 822, Ley de Concertación Tributaria (LCT), que exonera de impuestos las enajenaciones de materias primas, bienes intermedios, bienes de capital, repuestos, partes y accesorios para la maquinaria y equipos a las productores agropecuarios y de la micro, pequeña y mediana empresa industrial y pesquera, mediante lista taxativa. Beneficios que se aplicarán de manera individual a cada productor, quien estará exonerado y gravado con las alícuotas correspondientes, en los plazos y porcentajes establecidos. Texto completo Español Página web www.asamblea.gob.ni