Acuerdo Nº 211 - Dispone que las nuevas construcciones de redes eléctricas urbanas sean subterráneas. País/Territorio Ecuador Tipo de documento Reglamento Fecha 2013 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Registro Oficial Nº 51 Suplemento, 5 de agosto de 2013. Materia Energía Palabra clave Conservación de energía/producción de energía Normas sobre calidad ambiental Transporte/depósito Normas Protección del medio ambiente Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Acuerdo dispone que los nuevos diseños y construcciones de redes eléctricas en urbanizaciones y lotizaciones de las empresas eléctricas sean subterráneos, aplicando para el efecto las disposiciones contenidas en la Norma Técnica Homologada de las Unidades de Propiedad y Unidades de Construcción del Sistema de Distribución Eléctrica de Redes Subterráneas. Texto completo Español Página web www.registroficial.gob.ec