Acuerdo Nº 21-2015 ─ Reglamento del sistema de monitoreo satelital, control y vigilancia de embarcaciones. País/Territorio Honduras Tipo de documento Reglamento Fecha 2015 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original La Gaceta Nº 33.825, 3 de septiembre de 2015. Materia Pesca, Mar Palabra clave Embarcación de pesca Navegación Equipos Monitoreo Área geográphica Americas, América Central, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen El presente Acuerdo aprueba el Reglamento del sistema de monitoreo satelital, control y vigilancia de embarcaciones, que tiene por objeto normar el funcionamiento y el procedimiento por medio del cual se desarrollará el monitoreo, control y vigilancia de los buques y compañías prestadoras del servicio. Las empresas proveedoras del servicio serán aquellas autorizadas por la Dirección General de la Marina Mercante (DGMM), después de someterse a una evaluación, que incluirá la supervisión de los sistemas, stock, disponibilidad de repuestos para el mantenimiento, reemplazo de baliza, personal calificado en los puertos donde se concentra la flota pesquera. El Sistema de Monitoreo Satelital, será administrado por la DGMM. Texto completo Español Página web www.lagaceta.hn Referencias - Legislación Implementa Acuerdo Nº 2/07 - Obligación de la instalación y activación de un sistema de monitoreo satelital en embarcaciones pesqueras. Legislación | Honduras | 2007 Palabra clave: Pesca marítima, Embarcación de pesca, Equipos, Navegación Fuente: FAO, FAOLEX Enmendado porr Acuerdo Nº 9-2016 ─ Modifica el Acuerdo Nº 21-2015, Reglamento del sistema de monitoreo satelital, control y vigilancia de embarcaciones. Legislación | Honduras | 2016 Palabra clave: Embarcación de pesca, Navegación, Equipos, Monitoreo Fuente: FAO, FAOLEX