Acuerdo Nº 2/07 - Obligación de la instalación y activación de un sistema de monitoreo satelital en embarcaciones pesqueras. País/Territorio Honduras Tipo de documento Reglamento Fecha 2007 Fuente FAO, FAOLEX Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Embarcación de pesca Equipos Navegación Área geográphica Americas, América Central, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen El presente Acuerdo dispone que es obligatorio para todas las embarcaciones pesqueras y suplidores pesqueros que naveguen en aguas nacionales e internacionales bajo bandera hondureña que se encuentren registradas en la Dirección General de la Marina Mercante (DGMM), la instalación y activación de un sistema de monitoreo satelital. Texto completo Español Referencias - Legislación Implementado por Acuerdo Nº 21-2015 ─ Reglamento del sistema de monitoreo satelital, control y vigilancia de embarcaciones. Legislación | Honduras | 2015 Palabra clave: Embarcación de pesca, Navegación, Equipos, Monitoreo Fuente: FAO, FAOLEX