Acuerdo Nº 170 - Veda para la captura, transporte, posesión, procesamiento y comercialización de la concha prieta. País/Territorio Ecuador Tipo de documento Reglamento Fecha 2001 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Registro Oficial Nº 453, 14 de noviembre de 2001, pág. 5. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Moluscos Temporadas Comercio interior Comercio internacional Manejo y conservación pesquera Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Acuerdo establece en todo el territorio nacional una veda para la captura, transporte, posesión, procesamiento y comercialización interna y externa de los moluscos bivalvos concha prieta en las especies Anadara tuberculosa y Anadara similis, durante el periodo comprendido desde el 15 de febrero hasta el 31 de marzo de cada año. Texto completo Español Referencias - Legislación Enmendado porr Acuerdo Nº 5 - Modifica el Acuerdo Nº 170, que establece veda para la captura, transporte, posesión, procesamiento y comercialización de la concha prieta. Legislación | Ecuador | 2005 Palabra clave: Pesca marítima, Moluscos, Temporadas, Comercio interior, Comercio internacional, Manejo y conservación pesquera Fuente: FAO, FAOLEX Revocado por Acuerdo Nº 149 - Veda permanente para la concha prieta. Legislación | Ecuador | 2008 Palabra clave: Pesca marítima, Moluscos, Temporadas, Comercio interior, Comercio internacional, Manejo y conservación pesquera Fuente: FAO, FAOLEX