Acuerdo Nº 17 - Prohibe la importación y construcción de buques dedicados a la pesca en general. País/Territorio Ecuador Tipo de documento Reglamento Fecha 2000 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Registro Oficial Nº 22, 22 de febrero de 2000, pág. 7. Materia Pesca Palabra clave Embarcación de pesca Volumen admisible de captura Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Acuerdo, que consta de 5 artículos, prohibe la importación y construcción de buques dedicados a la pesca en general. En caso de renovación de buques, se podrá autorizar su construcción en tanto en cuanto sean de las mismas dimensiones y que el buque renovado sea dado de baja para evitar el aumento de la flota. Texto completo Español Referencias - Legislación Revocado por Acuerdo Nº 1 - Regulaciones relacionadas con la sustitución y reemplazo de embarcaciones industriales, así como de la asignación y transferencias de las capacidades de captura o acarreo. Legislación | Ecuador | 2014 Palabra clave: Pesca marítima, Pesca artesanal, Embarcación de pesca, Autorización/permiso, Volumen admisible de captura Fuente: FAO, FAOLEX