Acuerdo Nº 158 - Prohibe la pesca de atún aleta amarilla. País/Territorio Ecuador Tipo de documento Reglamento Fecha 2001 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Registro Oficial Nº 447, 6 de noviembre de 2001, pág. 17. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Peces marinos Temporadas Capturas incidentales Manejo y conservación pesquera Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Acuerdo prohibe a los barcos atuneros cerqueros, que operan bajo la jurisdicción del Ecuador, país miembro de la Comisión Inter-Americana del Atún Tropical (CIAT), la pesca de atún aleta amarilla desde el 27 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2001. Texto completo Español