Acuerdo Nº 149 - Veda permanente para la concha prieta. País/Territorio Ecuador Tipo de documento Reglamento Fecha 2008 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Registro Oficial Nº 412, 27 de agosto de 2008. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Moluscos Temporadas Comercio interior Comercio internacional Manejo y conservación pesquera Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Acuerdo establece una veda permanente de la concha prieta en las especies Anadara tuberculosa y Anadara similis sobre su talla mínima, y dispone que solo está permitida la extracción, transporte, posesión, procesamiento y comercialización de la concha prieta cuya talla sea de 4,5 cm o más. Texto completo Español Página web www.tribunalconstitucional.gov.ec Referencias - Legislación Revoca Acuerdo Nº 170 - Veda para la captura, transporte, posesión, procesamiento y comercialización de la concha prieta. Legislación | Ecuador | 2001 Palabra clave: Pesca marítima, Moluscos, Temporadas, Comercio interior, Comercio internacional, Manejo y conservación pesquera Fuente: FAO, FAOLEX