Acuerdo Nº 139 - Sustancias que pueden utilizarse en saboreadores o aromatizantes sintético artificiales. País/Territorio México Tipo de documento Reglamento Fecha 1996 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial de la Federación Nº 6, 9 de diciembre de 1996, pág. 50. Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Aditivos alimentarios Higiene/procedimientos sanitarios Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pacífico Norte, Pacífico Nordeste Resumen El presente Acuerdo establece y da a conocer la lista de sustancias sintético artificiales que solas o mezcladas pueden emplearse en la elaboración de saboreadores o aromatizantes sintético artificiales que se emplean en la industria de alimentos y bebidas. Texto completo Español