Acuerdo N° 278. Se deja sin efecto el Acuerdo Nº20 que establece Requerimientos técnicos y legales para el proceso de evaluación ambiental. País/Territorio El Salvador Tipo de documento Reglamento Fecha 2017 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 149, 15 de agosto de 2017. Materia Medio ambiente gen. Palabra clave Institución EIA Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Auditoría ambiental Fortalecimiento de la capacidad Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen El presente Acuerdo tiene por objeto dos cuestiones: por una parte, dejar sin efecto el Acuerdo Ejecutivo No. 20, de fecha diez de febrero de dos mil catorce, publicado en el Diario Oficial número 41, Tomo número 402, de fecha tres de marzo de dos mil catorce, en el cual se establecieron “los requerimiento técnicos y legales necesarios para el proceso de Evaluación ambiental, los cuales deben ser presentados por el Titular, al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales"; y por otra emitir los requisitos técnicos legales para el registro de entidades y el proceso de evaluación ambiental los cuales deberán cumplir y presentar los titulares de las actividades, obras o proyectos, que ingresen a esta Cartera de Estado, para ser evaluados previo a la emisión de la Resolución correspondiente, conforme el Proceso de Evaluación Ambiental regulado en la Ley del Medio Ambiente y su Reglamento, según el Anexo del presente Acuerdo, el cual forma parte integrante del mismo. Texto completo Español Página web cidoc.marn.gob.sv