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Acuerdo N° 278. Se deja sin efecto el Acuerdo Nº20 que establece Requerimientos técnicos y legales para el proceso de evaluación ambiental.

País/Territorio
El Salvador
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2017
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Diario Oficial Nº 149, 15 de agosto de 2017.
Materia
Medio ambiente gen.
Palabra clave
Institución EIA Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Auditoría ambiental Fortalecimiento de la capacidad
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste
Resumen

El presente Acuerdo tiene por objeto dos cuestiones: por una parte, dejar sin efecto el Acuerdo Ejecutivo No. 20, de fecha diez de febrero de dos mil catorce, publicado en el Diario Oficial número 41, Tomo número 402, de fecha tres de marzo de dos mil catorce, en el cual se establecieron “los requerimiento técnicos y legales necesarios para el proceso de Evaluación ambiental, los cuales deben ser presentados por el Titular, al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales"; y por otra emitir los requisitos técnicos legales para el registro de entidades y el proceso de evaluación ambiental los cuales deberán cumplir y presentar los titulares de las actividades, obras o proyectos, que ingresen a esta Cartera de Estado, para ser evaluados previo a la emisión de la Resolución correspondiente, conforme el Proceso de Evaluación Ambiental regulado en la Ley del Medio Ambiente y su Reglamento, según el Anexo del presente Acuerdo, el cual forma parte integrante del mismo.

Texto completo
Español
Página web
cidoc.marn.gob.sv