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Acuerdo Ministerial Nº 825-2020 por el que Se Acuerda Facultar A Las Organizaciones De Padres De Familia - OPF- Para Que Utilicen Los Recursos Transferidos Por El Ministerio De Educación Para Adquirir Alimentos No Perecederos De Conformidad Con La Ley De Alimentación Escolar Y Su Reglamento.

País/Territorio
Guatemala
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2020
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Alimentación y nutrición, General
Palabra clave
Peligros Alimentación escolar Nutrición Seguridad alimentaria
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste
Resumen

El presente Acuerdo Ministerial tiene por objeto facultar a la las Organizaciones de Padres de Familia (OPF) para que utilicen los recursos transferidos por el Ministerio de Educación para adquirir alimentos no perecederos de conformidad con la Ley de Alimentación Escolar y su reglamento. Éstos serán entregados sin preparación a los padres de familia o personas encargadas de los estudiantes de los niveles de preprimaria y primaria de los centros educativos públicos durante el período de suspensión de clases por el estado de Calamidad Pública, Decreto gubernativo 5-2020.

Texto completo
Español
Página web
infopublica.mineduc.gob.gt