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Acuerdo Ministerial Nº 66-2017 – Crea la Unidad de Bienestar Animal.

País/Territorio
Guatemala
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2017
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Ganado
Palabra clave
Protección de los animales Institución Gobernanza Infracciones/sanciones
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste
Resumen

El presente Acuerdo crea la Unidad de Bienestar Animal, como una unidad especial de ejecución temporal adscrita al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación. La Unidad de Bienestar Animal tiene como objeto vigilar y exigir el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley de Protección y Bienestar Animal y sus reglamentos y coordinar tanto institucional, como interinstitucionalmente todo lo referente a los temas de bienestar animal. Se especifican asimismo las funciones de la Unidad, entre las cuales se encuentra la de supervisar y verificar el trato que los seres humanos le dan a los animales debiendo procurar conocer y dilucidar administrativamente cuando exista conocimiento de algún hecho o circunstancia que afecte o vulnere la presente ley, para lo cual deberá aplicar las sanciones administrativas aquí reguladas, etc. La Unidad tendrá una vigencia de 3 años contados a partir de la fecha del presente Acuerdo.

Texto completo
Español
Página web
www.maga.gob.gt

Referencias - Legislación

Enmendado porr

Acuerdo Ministerial Nº 332-2019 – Reforma el Acuerdo Ministerial Número 66-2017.

Legislación | Guatemala | 2019

Palabra clave: Institución, Protección de los animales

Fuente: FAO, FAOLEX