Acuerdo Ministerial Nº 66-2017 – Crea la Unidad de Bienestar Animal. País/Territorio Guatemala Tipo de documento Reglamento Fecha 2017 Fuente FAO, FAOLEX Materia Ganado Palabra clave Protección de los animales Institución Gobernanza Infracciones/sanciones Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen El presente Acuerdo crea la Unidad de Bienestar Animal, como una unidad especial de ejecución temporal adscrita al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación. La Unidad de Bienestar Animal tiene como objeto vigilar y exigir el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley de Protección y Bienestar Animal y sus reglamentos y coordinar tanto institucional, como interinstitucionalmente todo lo referente a los temas de bienestar animal. Se especifican asimismo las funciones de la Unidad, entre las cuales se encuentra la de supervisar y verificar el trato que los seres humanos le dan a los animales debiendo procurar conocer y dilucidar administrativamente cuando exista conocimiento de algún hecho o circunstancia que afecte o vulnere la presente ley, para lo cual deberá aplicar las sanciones administrativas aquí reguladas, etc. La Unidad tendrá una vigencia de 3 años contados a partir de la fecha del presente Acuerdo. Texto completo Español Página web www.maga.gob.gt Referencias - Legislación Enmendado porr Acuerdo Ministerial Nº 332-2019 – Reforma el Acuerdo Ministerial Número 66-2017. Legislación | Guatemala | 2019 Palabra clave: Institución, Protección de los animales Fuente: FAO, FAOLEX