× Information on this section of ECOLEX comes from the InforMEA Portal which compiled information from MEA Secretariats with the support of the European Union. The accuracy of the information displayed is the responsibility of the originating data source. In case of discrepancy the information as displayed on the respective MEA website prevails. Apoyo para la aplicación de la ley sobre delitos contra la vida silvestre en África occidental y central Tipo de documento Decision Número de referencia 19.88 Fecha Nov 25, 2022 FuenteUNEP, InforMEA Estado Activo Materia Especies silvestres y ecosistemas Tratado Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (Mar 3, 1973) Reunión Nineteenth meeting of the Conference of the Parties Página web cites.org Resumen El Comité Permanente deberá: a) establecer un grupo de trabajo, con representación de todas las regiones, para formular recomendaciones sobre la elaboración y la adopción de procedimientos que fomenten una mayor colaboración entre los países de origen, de tránsito y de consumo, en particular para promover una comunicación regular entre estos países; b) examinar si es necesario establecer y administrar un fondo para la aplicación de la CITES u otros mecanismos que puedan proporcionar apoyo financiero específico y sostenible a las Partes que lo soliciten con el fin de combatir los delitos contra la vida silvestre y aplicar la Convención; c) examinar el informe de la Secretaría de conformidad con la Decisión 19.87; y d) formular recomendaciones a las Partes, a la Secretaría y a la 20ª reunión de la Conferencia de las Partes, según proceda.