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Totoaba (Totoaba macdonaldi)

Tipo de documento
Decision
Número de referencia
18.293 (Rev. CoP19)
Fecha
Nov 25, 2022
Fuente
UNEP, InforMEA
Estado
Activo
Materia
Especies silvestres y ecosistemas
Tratado
Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (Mar 3, 1973)
Reunión
Nineteenth meeting of the Conference of the Parties
Página web
cites.org
Resumen

Se insta a México a:

a) tomar medidas inmediatas para reforzar aún más las medidas destinadas a impedir eficazmente que los pescadores utilicen redes de enmalle en el área de refugio de la vaquita y que las embarcaciones entren en la Zona de Tolerancia Cero, y mantener estas áreas completamente libres de redes de enmalle, aplicando una estricta política de tolerancia cero en lo que respecta a la pesca y a las artes de pesca no autorizadas en estas zonas, garantizando la vigilancia a tiempo completo e imponiendo sanciones severas cuando se detecten irregularidades, incluido el decomiso tanto de las embarcaciones como de las artes de pesca no autorizadas, conjuntamente con sanciones administrativas o penales, según proceda;

b) procurar la aplicación con carácter urgente de todos los aspectos del Acuerdo que regula las artes, sistemas, métodos, técnicas y horarios para la realización de actividades pesqueras con embarcaciones menores y mayores en las Zonas Marinas Mexicanas del Norte del Golfo de California y el establecimiento de sitios de desembarque, así como el uso de sistemas de supervisión para dichas embarcaciones ("el Acuerdo"), prestando atención prioritaria a las siguientes acciones:

i) desplegando las autoridades apropiadas con facultades juridicas para realizar decomisos y detenciones, junto con la Marina, para impedir eficazmente que los pescadores y las embarcaciones pesquen con artes de pesca prohibidos en el área de refugio de la vaquita y entren en la Zona de Tolerancia Cero y tomar medidas estrictas contra los pescadores que utilicen cualquier sitio distinto de los sitios autorizados para la salida y desembarque de embarcaciones establecidos por el artículo 9 del " Acuerdo ", con el objetivo de prevenir, impedir y poner fin eficazmente a las actividades de los pescadores que operan ilegalmente;

ii) aplicando de manera efectiva la prohibición de las redes de enmalle, tal como se prevé en el artículo 2 del "Acuerdo"; e

iii) intensificando los esfuerzos para realizar actividades destinadas a prevenir, detectar y sancionar toda fabricación, posesión, venta y transporte de redes de enmalle en la zona marina y en las zonas circundantes, tal como se determina en "el Acuerdo", para garantizar que se interrumpa y neutralice cualquier actividad ilegal;

c) consolidar los progresos realizados en la recopilación y el análisis de información sobre los grupos de delincuencia organizada que operan en México y que están involucrados en la pesca y el tráfico ilegales de totoaba, y aprovechar los conocimientos y la información obtenidos gracias a esta labor sobre la estructura y el modus operandi de estos grupos, para seguir ampliando las operaciones e investigaciones basadas en datos de inteligencia con el objetivo de hacerles frente y neutralizarlos;

d) mantener los recursos para garantizar el retiro ininterrumpido de las redes de enmalle a fin de mantener el Área de Refugio para la Protección de la Vaquita Marina y la Zona de Tolerancia Cero libres de redes, y tomar todas las medidas necesarias para proteger a los equipos que retiran las redes y destruir las redes confiscadas;

e) ampliar las actividades de apoyo al desarrollo y uso de artes de pesca selectivos, y considerar la inclusión de estas cuestiones relacionadas con totoaba y vaquita marina para su financiación por la FMAM 8 u otras fuentes de financiación adecuadas; y

f) presentar a la Secretaría un informe exhaustivo sobre la aplicación de los párrafos a) a e) de la Decisión 18.293 (Rev. CoP19) supra, así como la Decisión 18.292 (Rev. CoP19), de manera oportuna (al menos 60 días antes de la 77ª reunión del Comité Permanente) a tiempo para que ésta lo transmita al Comité Permanente en su 77ª reunión, junto con las posibles recomendaciones que pueda formular.