× Information on this section of ECOLEX comes from the InforMEA Portal which compiled information from MEA Secretariats with the support of the European Union. The accuracy of the information displayed is the responsibility of the originating data source. In case of discrepancy the information as displayed on the respective MEA website prevails. Sinergias en la prevención y la lucha contra el tráfico y el comercio ilícitos de productos químicos y desechos peligrosos Tipo de documento Decision Número de referencia RC-11/11 Fecha May 1, 2023 FuenteUNEP, InforMEA Estado Activo Materia Desechos y sustancias peligrosas Tratado Convenio para la aplicación del procedimiento de consentimento fudamentado previo a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional (Sep 29, 1998) Reunión Meetings of the conferences of the parties to the Basel, Rotterdam and Stockholm conventions (BC COP-16, RC COP-11, SC COP-11) Página web www.informea.org Texto completo UNEP-FAO-RC-COP.11-RC-11-11.En.pdf UNEP-FAO-RC-COP.11-RC-11-11.En.docx UNEP-FAO-RC-COP.11-RC-11-11.Fr.docx UNEP-FAO-RC-COP.11-RC-11-11.Fr.pdf UNEP-FAO-RC-COP.11-RC-11-11.Ru.pdf UNEP-FAO-RC-COP.11-RC-11-11.Ru.docx UNEP-FAO-RC-COP.11-RC-11-11.Sp.pdf UNEP-FAO-RC-COP.11-RC-11-11.Sp.docx UNEP-FAO-RC-COP.11-RC-11-11.Ch.docx UNEP-FAO-RC-COP.11-RC-11-11.Ch.pdf UNEP-FAO-RC-COP.11-RC-11-11.Ar.docx UNEP-FAO-RC-COP.11-RC-11-11.Ar.pdf Resumen La Conferencia de las Partes, Recordando las decisiones BC-15/27, SC-10/23 y RC-10/16, relativas a las sinergias en la prevención y la lucha contra el tráfico y el comercio ilícitos de productos químicos y desechos peligrosos, 1. Reitera su exhortación a las Partes para que faciliten voluntariamente información sobre los casos de comercio internacional de productos químicos peligrosos que contravengan el Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes y el Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo Aplicable a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de Comercio Internacional, y utilicen para ello los formularios aprobados por las Conferencias de las Partes en los Convenios de Estocolmo y Rotterdam en sus décimas reuniones ;