× Information on this section of ECOLEX comes from the InforMEA Portal which compiled information from MEA Secretariats with the support of the European Union. The accuracy of the information displayed is the responsibility of the originating data source. In case of discrepancy the information as displayed on the respective MEA website prevails. Pangolines (Manis spp.) Tipo de documento Decision Número de referencia 19.200 Fecha Nov 25, 2022 FuenteUNEP, InforMEA Estado Activo Materia Especies silvestres y ecosistemas Tratado Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (Mar 3, 1973) Reunión Nineteenth meeting of the Conference of the Parties Página web cites.org Resumen El Comité de Fauna deberá: a) examinar los parámetros de conversión para todas las especies de pangolín, desarrollados de conformidad con lo dispuesto en la Decisión 18.239, que permitan determinar de manera fiable el número de animales asociados con cualquier cantidad de escamas de pangolín decomisadas, y que puedan ser utilizados por las Partes en los casos en los que la legislación nacional exija que esa información se proporcione para los tribunales; b) examinar los materiales de identificación existentes relativos a las especies de pangolín, sus partes y derivados, y considerará la necesidad de desarrollar materiales nuevos o adicionales destinados, entre otras cosas, a apoyar la identificación a nivel de especie de los especímenes de pangolín decomisados; c) examinar cualquier información que la Secretaría ponga en su conocimiento de conformidad con los párrafos b) y e) de la Decisión 19.203; y d) formular recomendaciones, según proceda, al Comité Permanente y a la Secretaría.