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Revisión y actualización periódicas del Instrumental normalizado para la identificación y cuantificación de liberaciones de dioxinas y furanos

Tipo de documento
Decision
Número de referencia
SC-2/5
Fecha
May 1, 2006
Fuente
UNEP, InforMEA
Estado
Activo
Materia
Desechos y sustancias peligrosas
Palabra clave
Sustancias peligrosas
Tratado
Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes (Sep 21, 2001)
Reunión
Second Meeting of the Conference of the Parties to the Stockholm Convention
Página web
www.informea.org
Texto completo
UNEP-POPS-COP.2-SC-2-5.Chinese.pdf
UNEP-POPS-COP.2-SC-2-5.Russian.pdf
UNEP-POPS-COP.2-SC-2-5.Arabic.docx
UNEP-POPS-COP.2-SC-2-5.English.DOC
UNEP-POPS-COP.2-SC-2-5.French.doc
UNEP-POPS-COP.2-SC-2-5.Spanish.pdf
UNEP-POPS-COP.2-SC-2-5.Russian.docx
UNEP-POPS-COP.2-SC-2-5.English.PDF
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UNEP-POPS-COP.2-SC-2-5.Chinese.docx
UNEP-POPS-COP.2-SC-2-5.French.pdf
Resumen

4. Pide a la secretaría que inicie un proceso abierto y transparente, en cooperación con la Subdivisión de Productos Químicos de la División de Tecnología, Industria y Economía del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, y en consulta con los usuarios y expertos especializados en la esfera de los factores y mediciones de emisiones en relación con las liberaciones de los contaminantes orgánicos persistentes incluidos en el anexo C, para la ulterior elaboración del Instrumental;

5. Invita a las Partes y a otras entidades a que proporcionen datos e información que sirvan de ayuda en el proceso de examen y ulterior desarrollo del Instrumental;

6. Invita además a las Partes y otras entidades a que incluyan en sus programas de medición y vigilancia la determinación de las concentraciones masivas no solamente de PCDD/PCDF sino también de hexaclorobenceno (HCB) y de bifenilos policlorados (PCB) y a que proporcionen esa información a la secretaría.

7. Invita asimismo a las Partes y a otros donantes a que proporcionen financiación en apoyo de la labor expuesta en los párrafos 3, 4 y 6 supra;