× Information on this section of ECOLEX comes from the InforMEA Portal which compiled information from MEA Secretariats with the support of the European Union. The accuracy of the information displayed is the responsibility of the originating data source. In case of discrepancy the information as displayed on the respective MEA website prevails. Fomento de las sinergias en el seno del grupo sobre productos químicos y desechos Tipo de documento Decision Número de referencia SC-1/18 Fecha May 2, 2005 FuenteUNEP, InforMEA Estado Activo Materia Desechos y sustancias peligrosas Palabra clave Residuos sólidos Sustancias peligrosas Acuerdo internacional-texto Eliminación de desechos Desechos urbanos Desperdicio de alimentos Desechos orgánicos Residuos industriales Tratado Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes (Sep 21, 2001) Reunión First Meeting of the Conference of the Parties to the Stockholm Convention Página web www.informea.org Texto completo UNEP-POPS-COP.1-SC-1-18.Russian.doc UNEP-POPS-COP.1-SC-1-18.Spanish.pdf UNEP-POPS-COP.1-SC-1-18.French.pdf UNEP-POPS-COP.1-SC-1-18.Arabic.pdf UNEP-POPS-COP.1-SC-1-18.Russian.pdf UNEP-POPS-COP.1-SC-1-18.French.doc UNEP-POPS-COP.1-SC-1-18.Spanish.doc UNEP-POPS-COP.1-SC-1-18.Arabic.doc UNEP-POPS-COP.1-SC-1-18.English.DOC UNEP-POPS-COP.1-SC-1-18.Chinese.pdf UNEP-POPS-COP.1-SC-1-18.Chinese.doc UNEP-POPS-COP.1-SC-1-18.English.PDF Resumen 4. Decide considerar los resultados del estudio a que se hace referencia en el párrafo 3 en su segunda reunión; 5. Invita a la Conferencia de las Partes en el Convenio de Rotterdam, en su tercera reunión, y a la Conferencia de las Partes en el Convenio de Basilea en su octava reunión, a que consideren los resultados de ese estudio; 6. Invita al Consejo de Administración del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, en su 24º período de sesiones a que considere los resultados del estudio, así como las decisiones de los órganos mencionados anteriormente; 7. Invita al Director Ejecutivo del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, a que al adoptar las disposiciones para la ejecución de las funciones de secretaría del Convenio de Estocolmo, prevea la adaptación en el futuro de esas disposiciones conforme a cualesquiera decisiones sobre esa cuestión que la Conferencia de las Partes pueda adoptar en su segunda reunión; 8. Invita a las Partes que estén en condiciones de hacerlo a que aporten contribuciones al fondo fiduciario voluntario para financiar ese estudio.