Recordando la decisión VI/9, en la que la Conferencia de las Partes estableció una exención general para usos analíticos y de laboratorio,
Recordando también la decisión VII/11, en la que la Reunión de las Partes aprobó una lista no exhaustiva de ejemplos de usos analíticos y de laboratorio de sustancias que agotan el ozono,
Recordando además las decisiones VII/11 y XXI/6, en las cuales la Reunión de las Partes pidió a todas las Partes que instaran a sus organizaciones de normalización nacionales a que identificaran y revisaran las normas de procedimientos analíticos y de laboratorio del Protocolo de Montreal, que rigen el uso de sustancias que agotan el ozono, con miras a adoptar, en la medida de lo posible, productos y procesos analíticos y de laboratorio que no utilicen sustancias que agotan el ozono,
Recordando las decisiones VII/11, XI/15 y XIX/18, en las que la Reunión de las Partes eliminó usos específicos de la exención general para usos analíticos y de laboratorio,
Recordando también la decisión XVIII/15, en la que la Reunión de las Partes aprobó usos analíticos y de laboratorio específicos para el bromuro de metilo,
Recordando además la decisión XXVI/5, en la que la Reunión de las Partes prorrogó la exención general para usos analíticos y de laboratorio hasta el 31 de diciembre de 2021,
Tomando nota del informe del Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica de septiembre de 2018, titulado “Response to decision XXVI (5) (2) on laboratory and analytical uses” (Respuesta a la decisión XXVI 5) 2) sobre usos analíticos y de laboratorio), y del informe de evaluación de 2018 del Comité de opciones técnicas médicas y sobre productos químicos, y su recomendación,
Observando las ínfimas cantidades de sustancias que agotan el ozono consumidas para usos analíticos y de laboratorio, que han sumado en total menos de 160 toneladas métricas en los pasados cuatro años a nivel mundial,
Reconociendo que el procedimiento actual, según el cual la Reunión de las Partes, en forma periódica, elimina distintos usos analíticos y de laboratorio de la exención general aprobada en la decisión VI/9, puede dar lugar a confusión, dado que la lista de usos analíticos y de laboratorio no es exhaustiva y supone un esfuerzo administrativo tal que no guarda proporción con el beneficio ambiental de reducir gradualmente las cantidades de sustancias que agotan el ozono implícitas,
- Prorrogar indefinidamente la exención general para usos analíticos y de laboratorio después de 2021, sin perjuicio de que las Partes decidan volver a examinar la exención en una reunión futura;
- Pedir a la Secretaría que incluya información para las Partes acerca de las tendencias en la producción y el consumo de sustancias que agotan el ozono para usos analíticos y de laboratorio en el informe anual sobre los datos presentados con arreglo al artículo 7;
- Pedir además a la Secretaría que ponga a disposición de las Partes, mediante su página web, la lista consolidada de usos analíticos y de laboratorio de sustancias que agotan el ozono que gozan de exención general y la lista de usos que las Partes han acordado que ya no están exentos;
- Invitar a las Partes a que tomen en consideración la información proporcionada por el Comité de opciones técnicas médicas y sobre productos químicos en el informe de evaluación del Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica correspondiente a 2018 sobre usos posibles sin necesidad de recurrir a sustancias que agotan el ozono;
- Recordar a las Partes que la producción y el consumo de sustancias que agotan el ozono se limita a aquellos usos que no están excluidos de la exención para usos analíticos y de laboratorio esenciales;
- Alentar a las Partes a que sigan reduciendo su producción y su consumo de sustancias que agotan el ozono para usos analíticos y de laboratorio y a que faciliten la introducción de normas de laboratorio que no requieran esas sustancias;
- Pedir al Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica que, en su informe cuadrienal, comunique todo adelanto logrado por las Partes en la reducción de su producción y consumo de sustancias que agotan el ozono para usos analíticos y de laboratorio, toda nueva alternativa a esos usos, y las normas de laboratorio que puedan aplicarse sin recurrir a esas sustancias, en el entendimiento de que, si se llegase a disponer de nueva información convincente, incluso de posibilidades de lograr reducciones importantes en la producción y el consumo, esa información se daría a conocer en su informe anual sobre los progresos realizados;
- Que el párrafo 7 de la presente decisión remplace la solicitud del Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica relativa a la presentación de informes sobre los usos analíticos y de laboratorio, que figura en el párrafo 4 de la decisión XXX/15.