Recordando el párrafo 3 de la decisión XXIX/18, en la que se instaba a las Partes a que, cuando remitan los formularios de presentación de datos de conformidad con el artículo 7, se aseguren de indicar un número en cada casilla, incluso si es cero, cuando corresponda, en lugar de dejar la casilla en blanco;
Recordando también que, en virtud de la decisión XXIX/18, se solicitó al Comité de Aplicación establecido con arreglo al procedimiento relativo al incumplimiento del Protocolo de Montreal que examinase la situación de cumplimiento de las Partes respecto a lo dispuesto en el párrafo 3 de esa decisión en su 61ª reunión,
Observando con aprecio que la mayoría de las Partes sigue cumpliendo las disposiciones de la decisión XXIV/14, reiteradas en la decisión XXIX/18, de anotar un número en cada casilla de los formularios de presentación de datos que remiten incluso si es cero, en lugar de dejar la casilla en blanco,
Observando con preocupación, sin embargo, que todavía hay algunas Partes que dejan casillas en blanco en sus informes presentados con arreglo al artículo 7, lo cual supone una carga de trabajo adicional para la Secretaría,
1. Observar que 20 Partes habían presentado formularios de presentación de datos con arreglo al artículo 7 correspondientes a 2017 con casillas en blanco, en contravención de las decisiones XXIV/14 y XXIX/18, y que todas esas Partes proporcionaron aclaraciones en respuesta a la solicitud de la Secretaría;
2. Instar a las Partes a que cuando remitan los formularios de presentación de datos de conformidad con el artículo 7 se aseguren de indicar en el futuro un número en cada casilla, incluso si es cero, cuando corresponda, en lugar de dejar la casilla en blanco, de conformidad con lo establecido en la decisión XXIV/14;
3. Solicitar al Comité de Aplicación que examine la situación de cumplimiento del párrafo 2 de la presente decisión en su 63ª reunión.