Recordando las decisiones VII/11 y XXI/6, en las cuales la Reunión de las Partes pidió a todas las Partes que instasen a sus organizaciones nacionales de normalización a determinar y revisar las normas que rigen los procedimientos analíticos y de laboratorio cuya aplicación conduce a la utilización de sustancias controladas en virtud del Protocolo de Montreal con vistas a adoptar, cuando fuese posible, productos y procesos analíticos y de laboratorio que no utilicen sustancias controladas,
Recordando también las decisiones VII/11, XI/15, XVIII/15 y XIX/18, en virtud de las cuales la Reunión de las Partes eliminó usos específicos de la exención general para usos analíticos y de laboratorio,
1. Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2021 la exención general para usos analíticos y de laboratorio, en las condiciones establecidas en el anexo II del informe de la Sexta Reunión de las Partes y en las decisiones XV/8, XVI/16 y XVIII/15, en relación con las sustancias controladas incluidas en todos los anexos y grupos del Protocolo de Montreal, con excepción del grupo I del anexo C;
2. Solicitar al Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica que informe a más tardar en 2018 sobre el desarrollo y la disponibilidad de procedimientos analíticos y de laboratorio que puedan llevarse a cabo sin utilizar sustancias controladas por el Protocolo de Montreal;
3. Alentar a las Partes a que sigan investigando a nivel nacional la posibilidad de sustituir las sustancias que agotan el ozono en los usos analíticos y de laboratorio y a que compartan la información resultante de esa labor;