Recordando la decisión XXV/20 sobre los estados financieros de los fondos fiduciarios y presupuestos para el Protocolo de Montreal,
Tomando nota del informe financiero sobre el Fondo Fiduciario para el Protocolo de Montreal Relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono correspondiente al bienio 2012‑2013, que terminó el 31 de diciembre de 2013,
Reconociendo que las contribuciones voluntarias son un complemento esencial para la aplicación eficaz del Protocolo de Montreal,
Acogiendo con beneplácito que la Secretaría sigue gestionando con eficacia las finanzas del Fondo Fiduciario para el Protocolo de Montreal Relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono,
1. Tomar nota con reconocimiento del estado financiero del Fondo Fiduciario correspondiente al bienio 2012–2013, que finalizó el 31 de diciembre de 2013, y del informe sobre los gastos reales correspondientes a 2012 y 2013 en comparación con las cifras aprobadas para esos años;
2. Aprobar el presupuesto revisado para 2014 por la suma de 5.065.460 dólares y el presupuesto para 2015 por la suma de 5.922.857 dólares, así como tomar nota del presupuesto correspondiente a 2016 por la suma de 5.033.230 dólares, que se reproduce en el anexo IV del informe de la décima reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio de Viena y la 26ª Reunión de las Partes en el Protocolo de Montreal[3];
3. Autorizar a la Secretaría a que utilice del saldo la suma de 788.527 dólares en 2014 y 1.645.924 dólares en 2015, y tome nota de la extracción propuesta de 756.297 dólares en 2016;
4. Aprobar que, como consecuencia de la extracción de las sumas a que se hace referencia en el párrafo 3 de la presente decisión, las contribuciones que corresponde pagar a las Partes ascienden a 4.276.933 dólares durante 2014 y 2015 y hacer notar el monto de las contribuciones por la suma de 4.276.933 dólares correspondiente a 2016, como se indica en el anexo V del informe de la décima reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio de Viena y la 26ª Reunión de las Partes en el Protocolo de Montreal;
5. Que no se asignarán fondos para sufragar gastos de viaje a las reuniones de los miembros de los grupos de evaluación que representen a Partes que no operan al amparo del párrafo 1 de artículo 5 del Protocolo;
6. Reafirmar una reserva para el capital de operaciones al nivel del 15% del presupuesto anual que se utilizará para sufragar los gastos finales con cargo al Fondo Fiduciario y señalar que la reserva para el capital de operaciones se obtendrá del saldo actual del fondo;
7. Solicitar a la Secretaría que, en el futuro, indique en los informes financieros del Fondo Fiduciario para el Protocolo de Montreal, las sumas en efectivo de que se disponga en la sección titulada “Total de reservas y saldos de los fondos”, además de las contribuciones que aún no se han recibido;
8. Alentar a las Partes, a las entidades que no sean partes y a otros interesados a que aporten contribuciones financieras y a que presten asistencia por otros medios a los miembros de los tres grupos de evaluación y sus órganos subsidiarios para que sigan participando en las actividades de evaluación previstas en el Protocolo;
9. Tomar nota con preocupación de que algunas Partes no han pagado aún sus contribuciones correspondientes a 2014 y a años anteriores, e instar a esas Partes a que paguen tanto sus contribuciones pendientes como sus futuras contribuciones con prontitud e íntegramente;
10. Solicitar al Director Ejecutivo del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente que prorrogue el Fondo Fiduciario hasta el 31 de diciembre de 2025;
[3] UNEP/OzL.Conv.10/7‑UNEP/OzL.Pro.26/10.