En su decisión XXIX/12, la Vigésima Novena Reunión de las Partes acordó:
Recordando su decisión XXVIII/1, por la que la Reunión de las Partes aprobó la enmienda al Protocolo de Montreal sobre la reducción de los hidrofluorocarbonos que se enumeran en el anexo F del Protocolo,
Reconociendo que las sustancias enumeradas en el anexo F del Protocolo incluyen los hidrofluorocarbonos que están comercialmente en uso,
Observando, sin embargo, que hay otros hidrofluorocarbonos no enumerados en el anexo F del Protocolo, de cuya producción y consumo no hay constancia o se mantiene en niveles mínimos, que tienen un potencial de calentamiento atmosférico no inferior al potencial de calentamiento atmosférico más bajo de los hidrofluorocarbonos enumerados en el anexo F del Protocolo,
Solicitar a los grupos de evaluación en el marco del Protocolo de Montreal que, en los informes cuadrienales que deben presentar a la 35ª Reunión de las Partes en 2023, y posteriormente cada cuatro años, aporten información sobre el consumo y la producción de los hidrofluorocarbonos no enumerados en el anexo F del Protocolo cuyo potencial de calentamiento atmosférico no sea inferior al menor potencial de calentamiento atmosférico de los hidrofluorocarbonos incluidos en el anexo F, observando que la petición se realiza exclusivamente a título informativo, dado que las sustancias mencionadas en el presente párrafo no están incluidas en el anexo F;