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Decisión XXIII/25: No presentación de datos sobre los hidroclorofluorocarbonos correspondientes a 2009 por el Yemen de conformidad con el artículo 7 del Protocolo de Montreal

Tipo de documento
Decision
Número de referencia
XXIII/25
Fecha
Nov 25, 2011
Fuente
UNEP, InforMEA
Estado
Activo
Materia
Desechos y sustancias peligrosas, Aire y atmósfera
Tratado
Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono (Sep 16, 1987)
Reunión
Twenty-Third Meeting of the Parties
Página web
ozone.unep.org
Resumen

Observando con reconocimiento que el Yemen notificó en octubre de 2010 todos sus datos correspondientes a 2009, con excepción de los datos relativos a las sustancias controladas del grupo I del anexo C (hidroclorofluorocarbonos),

Observando que el hecho de no haber presentado los datos sobre los hidroclorofluorocarbonos pone al Yemen en situación de incumplimiento de las obligaciones de presentación de datos contraídas en virtud del párrafo 3 del artículo 7 del Protocolo de Montreal,

Observando también que la explicación ofrecida por la Parte al momento de presentar los datos, en octubre de 2010, en cuanto a que había demorado la presentación de los datos sobre los hidroclorofluorocarbonos porque no había finalizado el estudio para la elaboración de su plan de gestión de la eliminación de los hidroclorofluorocarbonos, y que tenía intención de presentar los datos cuando concluyera ese estudio,

Observando con preocupación el hecho de que el Yemen no había dado respuesta a las comunicaciones remitidas posteriormente por la Secretaría,

Observando que, de conformidad con el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, en su calidad de organismo de ejecución que tiene actividades en la Parte, el Yemen había completado la recopilación de datos pero todavía tenía que verificarlos,

Reconociendo la situación en materia de seguridad y las dificultades políticas y sociales que ha enfrentado el Yemen en los últimos meses,

1. Instar al Yemen a que colabore estrechamente con los organismos de ejecución para comunicar a la Secretaría con carácter de urgencia los datos que se requieren;

2. Solicitar al Comité de Aplicación que examine la situación del Yemen en su 48ª Reunión;