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Decisión XXII/22: Cambios en la composición de los grupos de evaluación

Tipo de documento
Decision
Número de referencia
XXII/22
Fecha
Nov 12, 2010
Fuente
UNEP, InforMEA
Estado
Activo
Materia
Desechos y sustancias peligrosas, Aire y atmósfera
Tratado
Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono (Sep 16, 1987)
Reunión
Twenty-Second Meeting of the Parties
Página web
ozone.unep.org
Resumen

1. Agradecer al Sr. Jan C. van der Leun, quien ha desempeñado el cargo de Copresidente del Grupo de Evaluación de los Efectos Ambientales desde su creación, su prolongado y destacado servicio en nombre del Protocolo de Montreal;

2. Hacer suya la selección del Sr. Nigel D. Paul como Copresidente del Grupo de Evaluación de los Efectos Ambientales;

3. Agradecer al Sr. José Pons Pons su prolongado y destacado servicio en calidad de Copresidente del Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica;

4. Hacer suya la selección de la Sra. Marta Pizano como Copresidenta del Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica por un período de cuatro años, con sujeción a la aprobación de las Partes de conformidad con la sección 2.3 del mandato del Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica;

5. Agradecer al Sr. Thomas Morehouse su prolongado y destacado servicio en calidad de Experto Principal del Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica y como miembro y Copresidente del Comité de Opciones Técnicas sobre halones;

6. Hacer suya la selección de la Sra. Bella Maranion como Experta Principal del Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica por un período de cuatro años, con sujeción a la aprobación de las Partes de conformidad con la sección 2.3 del mandato del Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica;

7. Pedir al Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica y a sus comités de opciones técnicas que elaboren directrices para la designación de expertos por las Partes, de conformidad con la sección 2.9 del mandato del Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica, para su presentación a las Partes antes de la 31ª reunión del Grupo de Trabajo de composición abierta;

8. Pedir al Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica que, al designar a los miembros de los comités de opciones técnicas, equipos de tareas y otros grupos subsidiarios, tenga en cuenta la necesidad de que su composición sea equilibrada e incluya los conocimientos especializados apropiados, de conformidad con las secciones 2.1, 2.5 y 2.8 del mandato del Grupo;