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Decisión XVII/47: Fechas de reuniones futuras del Protocolo de Montreal

Tipo de documento
Decision
Número de referencia
XVII/47
Fecha
Dic 16, 2005
Fuente
UNEP, InforMEA
Estado
Activo
Materia
Desechos y sustancias peligrosas, Aire y atmósfera
Tratado
Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono (Sep 16, 1987)
Reunión
Seventeenth Meeting of the Parties
Página web
ozone.unep.org
Resumen

Tomando nota con reconocimiento de la labor realizada por la Secretaría del Ozono y el Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica para organizar las Reuniones de las Partes, las reuniones del Grupo de Trabajo de composición abierta y las reuniones del Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica y sus comités de opciones técnicas, y prestarles servicios,

Reconociendo que ciertos requisitos jurídicos del Protocolo de Montreal y la adopción de medidas por las Partes requieren que las Partes dispongan de tiempo suficiente para considerar la información presentada por el Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica en relación con posibles enmiendas y ajustes del Protocolo, y el requisito estipulado en el artículo 9 del Convenio de Viena de que una Parte presente esa información seis meses antes de la Reunión de las Partes,

1. Pedir a la Secretaría del Ozono que:

a) Anuncie en su sitio en la Web antes del 31 de enero de cada año, las posibles fechas de las dos reuniones siguientes del Grupo de Trabajo de composición abierta y de las Reuniones de las Partes procurando, en lo posible, que las reuniones del Grupo de Trabajo de composición abierta y las del Comité Ejecutivo se celebren una después de la otra y que la fecha de la Reunión de las Partes se fije en consulta con el Gobierno anfitrión;

b) Sí, después de publicar ese anuncio, las circunstancias requieren un cambio en esas posibles fechas, publique un nuevo anuncio en su sitio en la Web y notifique a las Partes, en el plazo de una semana, de ese cambio;

2. Pedir al Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica que:

a) Anuncie en su sitio en la Web antes del 20 de enero del año en que se celebren las reuniones, las fechas de sus reuniones y de las reuniones de sus comités de opciones técnicas correspondientes a ese año;

b) Haga todo lo posible para presentar sus informes anuales y los de sus comités de opciones técnicas y todo informe de los grupos de tareas aproximadamente siete meses antes de la Reunión de las Partes, a fin de que éstas dispongan de tiempo suficiente para tener en cuenta la información presentada en los informes relacionada con posibles enmiendas y ajustes;

c) Si después de publicar ese anuncio, las circunstancias requieren un cambio en la fecha de una reunión, publique un nuevo anuncio en su sitio en la Web y notifique a la Secretaría, en el plazo de una semana, de ese cambio.