Ecolex Logo
El portal del
derecho ambiental
Resultados de la búsqueda » Decisión del tratado

Decisión XVII/15: Coordinación entre la Secretaría del Ozono y la secretaría de la Convención internacional de protección fitosanitaria

Tipo de documento
Decision
Número de referencia
XVII/15
Fecha
Dic 16, 2005
Fuente
UNEP, InforMEA
Estado
Activo
Materia
Desechos y sustancias peligrosas, Aire y atmósfera
Tratado
Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono (Sep 16, 1987)
Reunión
Seventeenth Meeting of the Parties
Página web
ozone.unep.org
Resumen

Recordando la decisión XVI/11, sobre la coordinación entre los órganos de las Naciones Unidas en relación con los usos para aplicaciones de cuarentena y previas al envío,

Reconociendo los esfuerzos desplegados por la Secretaría del Ozono para ponerse en contacto y mantener una coordinación con la secretaría de la Convención internacional de protección fitosanitaria en relación con la reducción del uso del metilbromuro, con referencia específica a la norma 15 de las Normas internacionales para medidas fitosanitarias,

Teniendo presente que la Comisión Interina de Medidas Fitosanitarias de la Convención internacional de protección fitosanitaria convino en presentar al Comité de Normas, para su examen expedito, algunas propuestas de enmienda de la norma 15 de marzo de 2002, a fin de aumentar la duración de la exposición al metilbromuro durante la fumigación y aumentar las concentraciones mínimas requeridas del gas en las distintas etapas de la fumigación para asegurar su eficacia, que se prevee la Comisión Interina de Medidas Fitosanitarias examinaría para su eventual aprobación en 2006,

Subrayando la importancia de gestionar, y cuando sea económica y técnicamente viable, sustituir el metilbromuro en las aplicaciones de cuarentena y previas al envío,

Teniendo en cuenta el riesgo que entraña para la capa de ozono el aumento de las emisiones de metilbromuro debido a las aplicaciones de cuarentena y previas al envío,

1. Pedir a la Secretaría del Ozono que estreche sus vínculos con la secretaría de la Convención internacional de protección fitosanitaria en relación con la aplicación de la norma 15 de las Normas internacionales de medidas fitosanitarias;

2. Pedir al Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica que presente toda la información reunida por el Grupo de Tareas sobre aplicaciones de cuarentena y previas al envío, conforme a la decisión XVI/10, a los órganos pertinentes de la Convención internacional de protección fitosanitaria;