Tomando nota con reconocimiento de la labor realizada por el Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica y sus comités de opciones técnicas,
1. Autorizar los niveles de producción y de consumo necesarios para satisfacer usos esenciales de CFC para inhaladores de dosis medidas utilizados para el asma y las neumopatías obstructivas crónicas, como se especifica en el anexo de la presente decisión, con sujeción a las condiciones establecidas por la Reunión de las Partes en el párrafo 2 de su decisión VII/28 y el segundo examen de los niveles de 2006 con arreglo a la decisión XV/5;
2. Instar al Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica a que especifique en el Manual sobre propuestas para usos esenciales que una Parte proponente puede presentar en su propuesta datos integrados por región y grupo de productos para inhaladores de dosis medidas que contengan CFC, previstos para su venta en Partes que operan al amparo del párrafo 1 del artículo 5, cuando no se disponga de datos más específicos;
3. Que, teniendo en cuenta el hecho de que las recomendaciones del Comité de Opciones Técnicas sobre aerosoles relativas a futuras exenciones para usos esenciales se basan en información anterior sobre el nivel de existencias, las Partes, al preparar propuestas para usos esenciales de CFC, deberían tener debidamente en cuenta las existencias disponibles, en propiedad o que se ha acordado adquirir de un fabricante de inhaladores de dosis medidas, de sustancias controladas en existencia o recicladas según se describe en el apartado b) del párrafo 1 de la decisión IV/25, con el objetivo de mantener como máximo el suministro operacional de un año.
Anexo
Propuestas para usos esenciales correspondientes a 2005 y 2006 de CFC para inhaladores de dosis medidas, aprobadas por las Partes en la 16ª Reunión (en toneladas métricas)
| Parte | 2005 | 2006 |
| | Cantidad propuesta | Cantidad aprobada | Cantidad propuesta | Cantidad aprobada y sujeta a un segundo examen en 2005 |
| Comunidad Europea | -- | --a | 550 | 550 |
| Estados Unidos de América | -- | -- a | 1900 | 1900 |
| Federación de Rusia | -- | -- a | 286 | —b |
| Ucrania | 53,1 | 53,1 | -- | -- |
| Total | 53,1 | 53,1 | 2736 | 2450 |
a. Conforme a la aprobación por las Partes en su 15ª Reunión (documento UNEP/OzL.Pro.15/9, decisión XV/4 y anexo I).
b. El Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica revisará la propuesta para 2005.