1. Tomar nota de que Viet Nam ratificó el Protocolo de Montreal y las enmiendas de Londres y Copenhague el 26 de enero de 1994. El país está clasificado como Parte que opera al amparo del párrafo 1 del artículo 5 del Protocolo, y su programa nacional fue aprobado por el Comité Ejecutivo en 1996. A partir de la aprobación del programa nacional, el Comité Ejecutivo ha aprobado 3.150.436 dólares EE.UU. con cargo al Fondo Multilateral para posibilitar el cumplimiento de conformidad con el artículo 10 del Protocolo;
2. Tomar nota también de que el nivel de referencia de Viet Nam para las sustancias del grupo II del anexo A es de 37,07 toneladas PAO. El país notificó un consumo de 97,60 toneladas PAO de sustancias del grupo II del anexo A en 2002. En consecuencia, para 2002, Viet Nam se hallaba en situación de incumplimiento de sus obligaciones contraídas en virtud del artículo 2B del Protocolo de Montreal;
3. Pedir a Viet Nam que presente al Comité de Aplicación, para su examen en su próxima reunión, un plan de acción que incluya parámetros de referencia con fechas concretas para garantizar un rápido retorno a una situación de cumplimiento. Viet Nam quizá desee considerar la posibilidad de incluir en dicho plan de acción el establecimiento de cupos de importación para congelar las importaciones en los niveles de referencia y apoyar el plan de eliminación gradual, una prohibición de las importaciones de equipo que utilice SAO, e instrumentos normativos y de política que garanticen el progreso para conseguir la eliminación.
4. Tomar nota de que Viet Nam tal vez desee acogerse a la asistencia continua que presta el Programa de asistencia para el cumplimiento del PNUMA y a la asistencia para la eliminación gradual de los halones que presta la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial y consulte con el Comité de Opciones Técnicas sobre los halones del Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica para encontrar e introducir alternativas al uso del halón-2402 en plataformas y buques petroleros;
5. Seguir de cerca los adelantos realizados por Viet Nam en relación con la eliminación gradual de los halones. En la medida en que Viet Nam procure cumplir y cumpla las medidas específicas de control establecidas en el Protocolo, debería seguir recibiendo el mismo trato que las Partes que cumplen sus obligaciones. Por lo tanto, Viet Nam debería seguir recibiendo asistencia internacional para poder cumplir sus compromisos de conformidad con el punto A de la lista indicativa de medidas que la Reunión de las Partes podría adoptar respecto del incumplimiento. No obstante, por la presente decisión, las Partes advierten a Viet Nam que, de conformidad con el punto B de la lista indicativa de medidas, si no retorna a una situación de cumplimiento a su debido tiempo, las Partes considerarán la posibilidad de adoptar medidas conforme al punto C de la lista indicativa de medidas. Esas medidas podrían incluir la posibilidad de adoptar las estipuladas en el artículo 4, tales como velar por que cese el suministro de halones (al que se debe el incumplimiento) y por que las Partes exportadoras no contribuyan a perpetuar una situación de incumplimiento;