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Decisión XIV/14: Incumplimiento del requisito de presentación de datos según lo dispuesto en el artículo 7 del Protocolo de Montreal por Partes clasificadas provisionalmente como Partes que operan al amparo del artículo 5 del Protocolo

Tipo de documento
Decision
Número de referencia
XIV/14
Fecha
Nov 29, 2002
Fuente
UNEP, InforMEA
Estado
Activo
Materia
Desechos y sustancias peligrosas, Aire y atmósfera
Tratado
Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono (Sep 16, 1987)
Reunión
Fourteenth Meeting of the Parties
Página web
ozone.unep.org
Resumen

1. Tomar nota de que las siguientes Partes, clasificadas provisionalmente como Partes que operan al amparo del artículo 5, no han presentado ningún dato sobre consumo o producción a la Secretaría: Cabo Verde, Camboya, Djibouti, Estados Federados de Micronesia, Liberia, Nauru, Palau, Rwanda, Santo Tomé y Príncipe, Sierra Leona, Somalia, Suriname y Vanuatu.

2. Señalar que esta situación evidencia un incumplimiento por estas Partes de sus obligaciones de presentar datos con arreglo al Protocolo de Montreal;

3. Reconocer que muchas de estas Partes han ratificado el Protocolo de Montreal en fecha muy reciente, pero señalar asimismo que 12 de ellas han recibido del Fondo Multilateral asistencia para la reunión de datos por conducto de los organismos de ejecución;

4. Instar a esas Partes a que trabajen conjuntamente con el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente en el marco del Programa de asistencia para el cumplimiento y con los demás organismos de ejecución del Fondo Multilateral para comunicar esos datos con la mayor rapidez posible a la Secretaría, y pedir al Comité de Aplicación que examine la situación de esas Partes con respecto a la presentación de datos en su próxima reunión.