1. Tomar nota de que las siguientes Partes, clasificadas provisionalmente como Partes que operan al amparo del artículo 5, no han presentado ningún dato sobre consumo o producción a la Secretaría: Cabo Verde, Camboya, Djibouti, Estados Federados de Micronesia, Liberia, Nauru, Palau, Rwanda, Santo Tomé y Príncipe, Sierra Leona, Somalia, Suriname y Vanuatu.
2. Señalar que esta situación evidencia un incumplimiento por estas Partes de sus obligaciones de presentar datos con arreglo al Protocolo de Montreal;
3. Reconocer que muchas de estas Partes han ratificado el Protocolo de Montreal en fecha muy reciente, pero señalar asimismo que 12 de ellas han recibido del Fondo Multilateral asistencia para la reunión de datos por conducto de los organismos de ejecución;
4. Instar a esas Partes a que trabajen conjuntamente con el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente en el marco del Programa de asistencia para el cumplimiento y con los demás organismos de ejecución del Fondo Multilateral para comunicar esos datos con la mayor rapidez posible a la Secretaría, y pedir al Comité de Aplicación que examine la situación de esas Partes con respecto a la presentación de datos en su próxima reunión.