Tomando nota del informe provisional preparado conjuntamente por el Tesorero y la secretaría del Fondo Multilateral acerca de la aplicación del mecanismo de tipos de cambio fijo en respuesta a la decisión XI/6,
Tomando nota de que debido a la falta de tiempo el informe carece de información respecto de varias cuestiones que los delegados plantearon en la 21ª Reunión del Grupo de Trabajo de composición abierta, en particular el examen de la repercusión del poder adquisitivo y la experiencia obtenida respecto de mecanismos de tipos de cambio fijo en otras instituciones similares,
Con el fin de que la posible repercusión del mecanismo de tipos de cambio fijo sea equilibrada,
1. Pedir al Tesorero y la secretaría del Fondo Multilateral que finalicen el examen, de conformidad con la decisión XI/6, y presenten un informe final a las Partes en la 22ª Reunión del Grupo de Trabajo de composición abierta;
2. A este respecto, la Secretaría debe:
a) Consultar, según proceda, con otras instituciones de financiación multilaterales competentes que empleen un mecanismo de tipos de cambio fijo, o mecanismos análogos;
b) Determinar opciones respecto de la manera en que un mecanismo de tipos de cambios fijo se podría aplicar a fin de que el proceso de eliminación de las sustancias que agotan la capa de ozono no se perjudique, y contratar consultores para ese fin, según proceda.