× Information on this section of ECOLEX comes from the InforMEA Portal which compiled information from MEA Secretariats with the support of the European Union. The accuracy of the information displayed is the responsibility of the originating data source. In case of discrepancy the information as displayed on the respective MEA website prevails. Decisión XI/28: Suministro de HCFCs a las Partes que operan al amparo del párrafo 1 del artículo 5 del Protocolo Tipo de documento Decision Número de referencia XI/28 Fecha Dic 3, 1999 FuenteUNEP, InforMEA Estado Activo Materia Desechos y sustancias peligrosas, Aire y atmósfera Tratado Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono (Sep 16, 1987) Reunión Eleventh Meeting of the Parties Página web ozone.unep.org Resumen - Pedir al Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica que para el 30 de abril de 2003 a más tardar, estudie los problemas y las opciones de las Partes que operan al amparo del artículo 5 en relación con la obtención de HCFC a la luz de la congelación de la producción de HCFC en las Partes que no operan al amparo del artículo 5 en el año 2004, y presente un informe al respecto. En ese informe se debe analizar si las Partes que operan al amparo del artículo 5 pueden obtener HCFC en cantidades suficientes y de calidad adecuada a precios asequibles, teniendo en cuenta el 15% permitido para satisfacer las necesidades básicas nacionales de las Partes que operan al amparo del artículo 5 y las cantidades excedentes disponibles del límite de consumo permitido para las Partes que no operan al amparo del artículo 5. En su 15ª reunión, que se celebrará en el año 2003, las Partes examinarán ese informe con objeto de abordar los problemas, si existiran, expuestos en el informe del Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica.