Recordando la decisión VI/2, en la que la Conferencia de las Partes estableció el Fondo Fiduciario para Financiar las Actividades de Investigación y Observaciones Sistemáticas de Interés para el Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono, y observando que el actual plazo de existencia del Fondo Fiduciario vence a finales de 2019,
Tomando nota con reconocimiento de las contribuciones al Fondo Fiduciario aportadas por varias Partes y los esfuerzos conjuntos de la Organización Meteorológica Mundial y la Secretaría en la ejecución de las actividades financiadas con cargo al Fondo Fiduciario desde su entrada en funcionamiento en 2003,
Haciendo notar las importantes actividades, incluso en materia de calibraciones, comparaciones y capacitación, que se han realizado con éxito en el marco del Fondo Fiduciario hasta la fecha,
Observando con gran preocupación, sin embargo, que los recursos disponibles en el Fondo Fiduciario no son suficientes para poder aplicar mejoras sustanciales y sostenibles en el sistema mundial de observación del ozono,
Observando que el próximo decenio sigue siendo un período crucial en el que se aclarará el estado de recuperación de la capa de ozono, pero que esa constatación dependerá de la realización de observaciones constantes de alta calidad,
Consciente de que, para mejorar las observaciones del ozono, se deben tener en cuenta los estrechos y complejos vínculos existentes entre el ozono y el clima, así como de la necesidad de realizar observaciones y análisis que sean pertinentes tanto para el ozono como para el clima siempre que sea posible,
Tomando nota con reconocimiento de la labor del Comité Asesor del Fondo Fiduciario, en particular sobre la estrategia a largo plazo y el plan de acción a corto plazo para el Fondo Fiduciario preparado para su examen por la Conferencia de las Partes, de conformidad con la decisión X/3,
1. Solicitar al Director Ejecutivo del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente que prorrogue el período de existencia del Fondo Fiduciario General para Financiar las Actividades de Investigación y Observaciones Sistemáticas de Interés para el Convenio de Viena hasta el 31 de diciembre de 2026;
2. Solicitar al Comité Asesor del Fondo Fiduciario, con la asistencia de la Organización Meteorológica Mundial y la Secretaría, que lleve a la práctica su estrategia a largo plazo y plan de acción a corto plazo para el Fondo Fiduciario, prestando especial atención a:
a) La determinación de lagunas y necesidades en la investigación y la vigilancia de la capa de ozono y las variables y parámetros climáticos conexos, a fin de complementar los esfuerzos de los Administradores de Investigaciones sobre el Ozono de las Partes en el Convenio de Viena y otros programas pertinentes, como el Programa de Vigilancia Atmosférica Mundial de la Organización Meteorológica Mundial;
b) La consideración del uso de instrumentos nuevos y rentables para reemplazar los instrumentos más antiguos en relación con los proyectos que están siendo examinados por el Comité Asesor;
c) El fomento de relaciones más sólidas con instituciones científicas y redes mundiales conexas a fin de fomentar la capacidad y la incorporación de conocimientos para las actividades objeto de examen;
d) La elaboración de un plan estratégico para movilizar recursos financieros y públicos y en especie al Fondo Fiduciario, a fin de salvaguardar las actividades de investigación y observación necesarias, y la presentación de ese plan a la Conferencia de las Partes en el Convenio de Viena en su 12ª reunión e informar a las Partes en el Convenio, por conducto de la Secretaría y con periodicidad anual, sobre los progresos realizados, junto con las medidas establecidas en el párrafo 3 a);
3. Solicitar a la Secretaría:
a) Que siga invitando a las Partes y las organizaciones internacionales pertinentes, incluidos los organismos espaciales, las instituciones científicas y de investigación, las entidades de las Naciones Unidas, las instituciones financieras internacionales y el sector privado, según proceda, a que hagan contribuciones financieras o en especie para apoyar propuestas bien definidas y con financiación suficiente que se hayan presentado en el marco del Fondo Fiduciario;
b) Que informe a la Conferencia de las Partes en su 12ª reunión sobre las operaciones, las contribuciones y los gastos del Fondo Fiduciario y sobre las actividades financiadas con cargo al Fondo Fiduciario desde su creación, así como sobre las actividades del Comité Asesor;