Recordando que según el apartado e) del párrafo 1 de la decisión IX/5, en 2003 la Reunión de las Partes debería haber tomado una decisión sobre otras reducciones específicas provisionales del metilbormuro para el período posterior a 2005, aplicables a las Partes que operan al amparo del párrafo 1 del artículo 5,
Teniendo en cuenta que las actuales circunstancias impiden que varias Partes que operan al amparo del artículo 5 adopten una decisión a este respecto,
Tomando nota de que, antes del 1º de febrero de 2006, las Partes que no operan al amparo del artículo 5 presentarán estrategias nacionales de gestión que supondrán una advertencia sobre la eliminación de los usos críticos del metilbromuro,
Considerando que en la 17ª Reunión de las Partes, las Partes decidirán el nivel de reposición del Fondo Multilateral para la aplicación del Protocolo de Montreal para el trienio 2006‑2008, que deberá tener en cuenta el requisito de proporcionar asistencia financiera y técnica nueva y adicional suficiente para que las Partes que operan al amparo del artículo 5 puedan cumplir con las otras reducciones provisionales del metilbromuro,
1. Mantener en examen el calendario de reducción provisional en la forma elaborada durante la 15ª Reunión de las Partes;
2. Examinar preferentemente en 2006, a más tardar de, otras reducciones específicas provisionales del metilbromuro aplicables a las Partes que operan al amparo del párrafo 1 del artículo 5.