× Information on this section of ECOLEX comes from the InforMEA Portal which compiled information from MEA Secretariats with the support of the European Union. The accuracy of the information displayed is the responsibility of the originating data source. In case of discrepancy the information as displayed on the respective MEA website prevails. Programa de la CITES sobre especies arbóreas Tipo de documento Decision Número de referencia 20.31 Fecha Dic 5, 2025 FuenteUNEP, InforMEA Estado Activo Materia Especies silvestres y ecosistemas Tratado Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (Mar 3, 1973) Reunión Twentieth meeting of the Conference of the Parties Página web cites.org Resumen La Secretaría deberá: a) informar al Comité de Flora y al Comité Permanente sobre la aplicación del Programa de la CITES sobre especies arbóreas, según proceda, señalando a su atención los resultados técnicos y científicos pertinentes; b) teniendo en cuenta los resultados del estudio interdisciplinario sobre la CITES y los bosques, cuando estén disponibles, solicitar asesoramiento y orientación al Comité de Flora y al Comité Permanente, para evaluar la posibilidad de que el Programa de la CITES sobre especies arbóreas se convierta en un programa permanente; c) proporcionar oportunidades para que el Comité de Flora y el Comité Permanente participen en el asesoramiento y la orientación del programa, entre otras cosas, sobre actividades prioritarias, incluidas las decisiones relativas a la financiación, según proceda; d) detectar oportunidades para aprovechar el Programa de la CITES sobre especies arbóreas con miras a promover áreas de trabajo complementarias de la CITES, tales como el trabajo sobre la identificación de maderas; e e) informar sobre la aplicación de la presente decisión a la Conferencia de las Partes en su 21ª reunión.