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Marco de fomento de capacidad

Tipo de documento
Decision
Número de referencia
19.41 (Rev. CoP20)
Fecha
Dic 5, 2025
Fuente
UNEP, InforMEA
Estado
Activo
Materia
Especies silvestres y ecosistemas
Tratado
Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (Mar 3, 1973)
Reunión
Twentieth meeting of the Conference of the Parties
Página web
cites.org
Resumen
El Comité Permanente deberá establecer un grupo de trabajo entre periodos de sesiones sobre el desarrollo de un marco integrado de fomento de capacidad para: a) continuar desarrollando un marco integrado de fomento de capacidad, incluyendo un lenguaje común y definiciones claras, para mejorar la aplicación de la Convención, con aportaciones de los Comités de Fauna y de Flora, del Subcomité de Finanzas y Presupuesto y de la Secretaría; b) al hacerlo, garantizar que estén representadas las perspectivas y los contextos de las diferentes regiones y partes interesadas (incluidas las Partes que financian y las Partes que reciben apoyo para el fomento de capacidad) y considerar el desarrollo de un mecanismo para que las Partes identifiquen las necesidades específicas que, si se satisfacen, les permitirían alcanzar la plena capacidad para aplicar la CITES; y c) presentar un proyecto de marco integrado de fomento de capacidad (que puede incluir modelos conceptuales, herramientas y orientaciones), junto con sus recomendaciones, para que el Comité Permanente lo examine y lo presente a la Conferencia de las Partes en su 21ª reunión.